domingo, 13 de julio de 2014

La Primera Víctima de la Revolución en Curso, por Hermógenes Pérez de Arce.






La Primera Víctima de la Revolución en Curso,

por Hermógenes Pérez de Arce.


¿Vale la pena seguirle dando vueltas al curso de la Revolución? No, más aún si todos se preocupan sólo de algunos aspectos menos graves de ella.


En la economía, la revolucionaria Michelle 2.0 ha dado paso a la más moderada Michelle 3.0 (no tan moderada como la Michelle 1.0 de 2006-10, con Andrés Velasco de factótum, pero por lo menos ahora algo alarmada de las consecuencias de su propia revolución). Entonces, la Reforma Tributaria pasa a ser, de desastrosa, a sólo perjudicial; y tenemos a todo el mundo respirando aliviado y a los empresarios jugando su acostumbrado papel de dejarse cortar la mano para salvar el brazo.


Un freno similar a la Reforma Educacional se torna inminente, siendo el ejemplo de los patines lo que convenció a todo el mundo de que el disparate era demasiado grande y había que optar por otro menor. Y ése será el paso siguiente.


Y, en fin, la Reforma Constitucional ya se ha transformado en un mero anuncio de una propuesta que estará redactada para 2018, cuando “ya habrá pajaritos nuevos” y, como antes he predicho, asumirá otro Gobierno de signo opuesto al actual. Eso puede darse por seguro.


Personalmente, entonces, más que de todo eso estoy preocupado del estado moral del país. Exponente del mismo es un fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, en sala integrada por las Ministros Teresa Figueroa y Gloria Solís y el abogado Ángel Cruchaga, que ha confirmado otro del Ministro en Visita Miguel Vásquez, condenando a cinco años y un día de presidio al oficial retirado de la Armada Jorge Osses Novoa porque, siendo Teniente, el 5 de octubre de 1973, y cumpliendo una orden superior, detuvo al funcionario de CELADE Fernando Olivares Mori y lo condujo al Ministerio de Defensa Nacional. Fue todo lo que hizo.


Y el Ministro en Visita y los de la Corte concuerdan en que el Teniente Osses sólo detuvo a Olivares y lo trasladó al Ministerio, entregándolo ahí. Y por esa conducta perfectamente lícita le imponen cinco años y un día de presidio como autor de un “secuestro calificado”. ¿Le importa al país que esté preso un Oficial (r) inocente? Nada.


Eso es lo verdaderamente más grave de lo que sucede hoy en Chile.


Los sentenciadores ilegales añaden que (y aquí está, por supuesto, “la madre del cordero”), por tratarse de un “delito de lesa humanidad”, el Estado debe pagar una indemnización de 800 millones de pesos a la familia del detenido.


Lo más notable de este fallo es que los Jueces confiesan estar conscientes de que no existe el “secuestro” por el cual condenan a Osses, como que afirman: “Han pasado más de cuarenta años y el condenado nunca tuvo la curiosidad de averiguar lo sucedido con Olivares Mori”. Pero ¿no lo están condenando por mantenerlo “secuestrado”? Es decir. SABEN que el delito NO EXISTIÓ. Y sin embargo, lo condenan. ¿Cabe mayor inmoralidad?


Por supuesto, la cadena de la prevaricación que cometen (delito de los Jueces al fallar contra Ley expresa, sancionado por el art.223 del Código Penal con inhabilitación perpetua y presidio o reclusión menores) es mucho más grave y extendida que eso, pues:


1)        Desconocen la prescripción;


2)        Desconocen la amnistía;


3)        Condenan a un ex agente del Estado por “secuestro”, delito que sólo puede ser cometido por particulares, según el Código Penal; y siendo que los mismos Jueces reconocen en su fallo que Osses se limitó a “trasladar al detenido”, lo que reafirma que fue una “detención” transitoria y no un “secuestro” permanente;


4)        Afirman que “las causas por delitos de lesa humanidad son imprescriptibles”, siendo que tales delitos sólo fueron tipificados en Chile en 2009, al aprobarse el Tratado de Roma que los establece, y en cuyo art. 24 se dice expresamente que sus normas no pueden aplicarse a hechos anteriores a su vigencia; además, nuestra Constitución garantiza que “ningún delito se castigará con otra pena que la señalada por una ley promulgada con anterioridad a su perpetración”.



Desde la época de los Jueces nazis (que no sólo condenaban por razones políticas sino que insultaban a los procesados) que no se veía Tribunales, como los chilenos actuales, que añadieran a la prevaricación el insulto. Lo hacen los tres Ministros de la Corte de Apelaciones en el caso Osses y dirigen a éste las siguientes invectivas en su fallo de 9 de julio último: “… a lo anteriormente señalado debe agregarse que el condenado, aunque muy joven, era Oficial de la Armada de Chile, es decir, no se trataba de un marinero haciendo su servicio militar. Se trataba de un engranaje de la institución  naval (…) finalmente señalar que su participación se limitó a trasladar al detenido, hoy desaparecido, desde el lugar en que ese trabajaba hasta el Ministerio de Defensa, y desde ahí no haber sabido nada de él, a juicio de estos sentenciadores es una excusa inaceptable para un Oficial, más aún cuando denota un desprecio absoluto por el destino de un ser humano. Han pasado más de cuarenta años de aquellos episodios y el condenado nunca tuvo la curiosidad de averiguar lo sucedido con Olivares Mori y mucho menos colaborar para cerrar una herida nacional”.


          Los propios Ministros sentenciadores reconocen, entonces, que no es verdad lo del secuestro hasta hoy por el cual condenan a Osses, y lo vituperan por no preocuparse del destino del detenido, del cual él, por otro lado, no tenía por qué saber más, tras cumplir la misión de trasladarlo y entregarlo, sobre todo en un período en que había una lucha armada (entre el 11.09 y el 31.12 de 1973 murieron 301 personas a manos de la extrema izquierda, según la Comisión Rettig y su continuadora la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación).


          El país se preocupa de que se estén gestando una tributación, una educación y una Constitución  con visos totalitarios, mientras dentro de él opera una Justicia no sólo con visos, sino de actuar completamente totalitario, para la cual de nada valen la Verdad de los Hechos, el Mandato de las Leyes, el Sentido de la Equidad ni los Derechos Fundamentales de las Personas, sino que todos esos valores son avasallados por la sed de venganza política.


El caso del Oficial (r) Osses Novoa es sólo uno entre muchos, pero prueba que siempre la primera víctima de toda Revolución de izquierda, como la que está en curso, es el Estado de Derecho y su componente fundamental: el derecho humano a un debido proceso.


Éste está siendo crónica e impunemente atropellado en el Chile actual por la Justicia de izquierda, pero todo el mundo está preocupado de otras cosas. “Primero les fue desconocido a los militares, pero yo no era militar…”

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